
Obligatoriedad de la receta electrónica se extiende a estudios y procedimientos ambulatorios
El 21 de julio de 2025, el Ministerio de Salud de la Nación oficializó, mediante la Resolución N° 2214 en el Boletín Oficial, la extensión obligatoria del uso de la receta electrónica a insumos, órdenes de estudios y procedimientos ambulatorios.
La medida entrará en vigencia de forma progresiva en hospitales y obras sociales dependientes del Estado nacional, así como en sistemas provinciales adheridos a la ley nacional .
Plazos para la adaptación
El decreto establece una adecuación escalonada:
45 días: para que los profesionales gestionen la Clave Única de Identificación de Recetas (CUIR) necesaria en el sistema.
90 días: para incorporar la prescripción digital de medicamentos con receta archivada (como antibióticos).
120 días: para incluir medicamentos de expendio legalmente restringido, incluyendo psicotrópicos y estupefacientes .
Cómo funciona el sistema
Desde 2024, todo software utilizado para emitir recetas electrónicas debe estar autenticado ante el Registro Nacional de Plataformas Digitales Sanitarias (Renapdis) y el Registro de Recetarios Electrónicos .
Cada receta tendrá una CUIR asignada al momento de su emisión, y el paciente será identificado mediante su CUIL, asegurando trazabilidad y transparencia .
Medicamentos controlados y resguardo de datos
La nueva regulación demanda que las plataformas digitales garanticen el archivado y resguardo de las recetas restringidas por al menos tres años, permitiendo el acceso para supervisión y monitoreo.
¿Y en zonas sin conectividad?
Se mantendrá el uso de la receta en papel en aquellas localidades con dificultades de infraestructura, asegurando continuidad del servicio .
Antecedentes y alcance actual
La ley nacional original sobre receta electrónica fue sancionada en 2020 y reglamentada en febrero de 2024. La obligatoria digitalización de medicamentos comenzó el 1° de enero de 2025, aunque en ese momento solo ocho provincias habían adherido y no todas estaban totalmente implementadas .
Para fines de 2024, las jurisdicciones adheridas eran once, con otras diecisiete —incluidas la Ciudad y la provincia de Buenos Aires— que contaban con marco normativo local. De ahí en más, la receta digital quedó establecida como única vía vigente para la prescripción médica .
La resolución del 21 de julio de 2025 amplía esa obligatoriedad, incluyendo ahora ordenes ambulatorias de insumos, estudios, y procedimientos .
Según el Ministerio, los principales objetivos son:
Seguridad: identificación única y confiable del paciente y de cada receta.
Trazabilidad: cada prescripción queda correctamente registrada y vinculada.
Transparencia: se eliminan duplicaciones y fraudes, facilitando auditorías .
El uso digital permitirá además agilizar procesos y mejorar el acceso y seguimiento de tratamientos.
Palabras del Ministerio
En la resolución, firmada por el ministro Mario Lugones, se enfatiza:
> “A partir de ahora, todas las órdenes médicas deberán emitirse de forma electrónica a través de plataformas registradas en el Renapdis”.
Se destaca también el rol del CUIR para “fortalecer la trazabilidad de los tratamientos y garantizar la transparencia en todo el proceso” .
El desafío federal
La implementación enfrenta disparidad en infraestructura y adhesión provinciales. Más allá del federalismo, el ministro Lugones espera que el cronograma escalonado permita alcanzar a todos los actores, incluidos hospitales públicos nacionales, PAMI, obras sociales y provincias adheridas —dentro de los plazos de 120 días.
A su vez, se reconoce que, en zonas aisladas, la receta en papel seguirá siendo una herramienta válida hasta tanto se garantice conectividad.
Con esta ampliación, el sistema de salud argentino da un paso significativo hacia la modernización digital, poniendo énfasis en la seguridad del paciente, la eficiencia institucional y la transparencia. El éxito de la adopción dependerá de la capacidad administrativa y tecnológica de cada jurisdicción, consolidando así el tránsito definitivo de lo analógico a lo digital en la salud pública y privada.



